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DAÑOS Y PERJUICIOS Menoscabo personal, material o patrimonial que sufre una determinada persona y para cuyo resarcimiento íntegro existen los distintos cauces procesales previstos en materia de depuración de responsabilidades. Lo componen el daño emergente (pérdida sufrida) y lucro cesante (ganancia dejada de obtener)
DELEGADO DE PERSONAL Representante de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo que tengan entre once y cuarenta y nueve empleados (en aquellos que cuenten entre seis y diez trabajadores podrá haber uno si así lo decidieran éstos por mayoría)
DELEGADO DE PREVENCIÓN Representante de los trabajadores en materia preventiva cuyas principales competencias son colaborar con la dirección, promover y fomentar la cooperación de los trabajadores, ser consultado por la empresa y ejercer una labor de vigilancia y control del efectivo cumplimiento de la normativa vigente
DELITO CONTRA LA SEGURIDAD EN EL TRABAJO Acción antijurídica tipificada en el Código Penal (artículo 316 del Código Penal aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre -BOE 24.11.95-) consistente en no facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física. La comisión de este tipo de delitos será castigada con la pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses
DELITO CONTRA LA SEGURIDAD SOCIAL Acción antijurídica tipificada en el Código Penal (en el artículo 307 del Código Penal aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre -BOE 24.11.95-) atribuible al que por acción u omisión, defraude a la Seguridad Social para eludir el pago de las cuotas de ésta y conceptos de recaudación conjunta, obtenga indebidamente devoluciones de la misma o disfrute de deducciones por cualquier concepto asimismo de forma indebida y con ánimo fraudulento, siempre que la cuantía de las cuotas defraudadas o de las devoluciones o deducciones indebidas exceda de quince millones de pesetas. Este tipo de acción tiene reconocida una pena de prisión de uno a cuatro años y una multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía
DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Acción antijurídica tipificada en el Código Penal (en los artículo 311 al 318 del Código Penal aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre -BOE 24.11.95-) que vulnera los derechos de los trabajadores (imposición de condiciones laborales contrarias a la ley, convenio colectivo o contrato; tráfico ilegal de mano de obra; reclutamiento con técnicas engañosas o falsas; empleo de extranjero sin permiso de trabajo; promoción de la inmigración clandestina; discriminación en el empleo; impedir el ejercicio de la libertad sindical; no facilitar las medidas de seguridad y salud adecuadas)
DEMANDA Acción de parte dirigida al órgano jurisdiccional competente en la que se formula una pretensión jurídica y que da lugar a un pleito
DENUNCIA Manifestación verbal o escrita efectuada ante las autoridades judiciales o policiales, de un hecho punible, siendo una obligación por parte de toda persona que presencie la perpetración de cualquier delito público
DEPRESIÓN Síndrome caracterizado por una tristeza profunda e inmotivada y por la inhibición de todas las funciones psíquicas
DERRAME DE LÍQUIDOS Proyección accidental de fluidos debida al efecto de rebosamiento en tanques o depósitos o por la fuga de los recipientes que los contienen y que requiere una actuación de emergencia con el fin de controlar y minimizar el impacto para la seguridad y salud de los trabajadores y el medio ambiente
DESCANSO SEMANAL Derecho irrenunciable y retribuido del trabajador al reposo ininterrumpido de una duración mínima de día y medio a la semana y que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo
DESCUBIERTO DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Situación de falta de ingreso que puede obedecer a supuestos de no cotización, cotización fuera de plazo o cotización por un salario inferior al realmente percibido por el trabajador
DESHIDRATACIÓN Disminución o pérdida del agua corporal
DESISTIMIENTO Acto procesal mediante el cual la parte actora renuncia a proseguir la acción iniciada
DESPIDO Extinción de la relación laboral existente entre trabajador y empresario, decidida unilateralmente por este último y que puede ser disciplinario o bien por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción
DESPIDO COLECTIVO Procedimiento extintivo de las relaciones laborales de un conjunto determinado de trabajadores, fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, debiendo el empresario contar para ello con la previa autorización de la Autoridad Laboral competente
DESPIDO DISCIPLINARIO Modalidad de despido que se produce, por voluntad unilateral del empresario y que tiene su fundamento en un incumplimiento grave y culpable del trabajador
DESPIDO IMPROCEDENTE Modalidad de despido contra el que el trabajador solicita tutela judicial y así se le reconoce por no haber podido acreditarse el incumplimiento alegado, no ser éste lo suficientemente grave o culpable, o, bien, porque no se cumplieron las exigencias formales establecidas
DESPIDO NULO Modalidad de despido contra el que el trabajador solicita tutela judicial y así se le reconoce por haber concurrido alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la Ley, o bien se haya producido con violación de los derechos fundamentales y las libertades públicas del trabajador
DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS Modalidad de despido que se produce por concurrir determinadas necesidades de la empresa o incumplimiento del trabajador no culpable (ineptitud del trabajador conocida con posterioridad a su contratación, falta de adaptación a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo, necesidad acreditada de amortizar puestos de trabajo o faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes)
DESPIDO PROCEDENTE Modalidad de despido sobre el que se resuelve su adecuación a la legalidad vigente
DESPLAZAMIENTO Facultad empresarial que le permite modificar (por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o por contrataciones referidas a la actividad empresarial) el lugar de trabajo habitual del trabajador con carácter temporal (sin que pueda exceder de doce meses en un periodo de tres años) que le supone residir en población distinta a la de su domicilio habitual
DETECTOR DE INCENDIOS Equipamiento que evidencia la existencia de fuego a través de algunos fenómenos que le acompañan: gases o humos, temperatura o radiación ultravioleta, visible o infrarroja
DEUDA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Obligación vencida y no satisfecha para con la Seguridad Social nacida por el incumplimiento de efectuar el oportuno ingreso de las cuotas y demás conceptos de recaudación dentro del plazo establecido al efecto
DÍA HÁBIL Jornada en la que pueden practicarse actuaciones judiciales (con carácter general todos los días del año excepto domingos y festivos)
DÍA INHÁBIL Jornada no válida procesal o administrativamente para la realización de actos con plena eficacia jurídica
DÍA LABORABLE Jornada en la que se presta la pertinente relación laboral (a efectos del cómputo de los distintos plazos)
DÍA NATURAL Jornada comprendida entre la salida y la puesta de sol. Lo son todos los del año (a efectos del cómputo de los distintos plazos)
DIABETES Enfermedad metabólica que debuta en la juventud o en la época adulta relacionada con la secreción anómala o nula de insulina, lo que provoca estados de hipoglucemia tisular
DIAPASÓN Instrumental médico (lámina de acero doblada en forma de horquilla) empleado en el diagnóstico de los trastornos de la audición
DIETA Retribución que compensa los gastos en los que incurre el trabajador que se desplaza provisional o temporalmente a un lugar distinto a aquél donde habitualmente presta sus servicios para realizar funciones que le son propias (manutención o alojamiento)
DIFERENCIAL Dispositivo de protección contra derivaciones de corriente hacia tierra y que tiene como misión principal proteger la vida de las personas, al evitar que las corrientes citadas puedan originar tensiones de contacto peligrosas
DIMISIÓN DEL TRABAJADOR Decisión unilateral del trabajador de dar por terminada la relación derivada del contrato de trabajo, sin necesidad de alegar causa alguna que lo justifique
DIRECCIÓN GENERAL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Órgano directivo dependiente de la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales al que se le atribuye la dirección del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, asumiendo la organización, planificación, coordinación y ejecución de las funciones propias de dicho sistema en materia de Relaciones Laborales, Prevención de Riesgos Laborales, Seguridad Social, Empleo y cualesquiera otras otorgadas mediante disposición o convenio de colaboración con las Comunidades Autónomas
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN ECONÓMICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Órgano directivo dependiente de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social que desarrolla las funciones económico-financieras de la Seguridad Social, que corresponden al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, llevando a cabo su planificación y realizando los estudios económicos y demográficos requeridos
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Órgano directivo dependiente de la Secretaría General de Empleo cuyas funciones son, por un lado, la ordenación y desarrollo de las relaciones laborales individuales y colectivas, las condiciones de trabajo, la seguridad e higiene en el trabajo, la regulación de empleo y, por otro, la elaboración de las normas de empleo, protección por desempleo y la actuación administrativa en materia de Empresas de Trabajo Temporal
DISCO DE RUPTURA Dispositivo de seguridad incorporado a los aparatos o instalaciones a presión que se rompe para aliviar una sobrepresión anormal
DISLIPEMIA Alteración de los niveles normales de triglicéridos (ácidos grasos)
DISPOSITIVO DE PROTECCIÓN Mecanismo de seguridad disponible en un equipo de trabajo, para combatir sus riesgos (caídas de objetos, emanaciones de gases, rotura de elementos del propio equipo, incendio, explosión, etc...)
DISPOSITIVO DE SEGURIDAD Medio de protección contra los peligros que presentan generalmente las máquinas, que permite eliminar o reducir las consecuencias de un riesgo determinado
DISTANCIA DE SEGURIDAD Medida geométrica establecida a partir de los datos antropométricos de la población y que tiene como finalidad impedir el acceso de una parte del cuerpo o su totalidad a una zona en la que exista riesgo, especialmente si éste es de tipo mecánico (aplastamiento, impacto, atrapamiento o arrastre)
DISTANCIA VISUAL Intervalo espacial que en materia de pantallas de visualización debe existir entre el ojo del usuario y el centro del elemento de comunicación visualizado
DOBLE AISLAMIENTO Medida de protección habitualmente utilizada en aparatos eléctricos de baja tensión; el factor de seguridad se consigue mediante un doble aislamiento reforzado, controlándose con ello el riesgo de contacto eléctrico indirecto
DOCUMENTO DE ADHESIÓN Impreso a través del que se formaliza el oportuno Convenio de Adhesión entre la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y el trabajador por cuenta propia -Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social- (modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y facilitado por la Mutua)
DOCUMENTO DE ASOCIACIÓN Impreso a través del que se formaliza el oportuno Convenio de Asociación entre la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y la empresa que se asocia a ésta (modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y facilitado por la Mutua)
DOCUMENTO DE PROPOSICIÓN DE ASOCIACIÓN Impreso a través del cual la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y la empresa se comprometen, en un plazo determinado, a asumir las obligaciones que se deriven de la asociación cuando ésta puedan hacerse efectiva (modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y facilitado por la Mutua)
DOLO Voluntad intencional de un individuo caracterizada por la plena conciencia de la infracción de un deber o una obligación
DOSÍMETRO Equipo que se utiliza para medir la intensidad de la dosis de un determinado contaminante (ruido, radiaciones ionizantes...)
DOSIS Cantidad determinada de un medicamento o agente terapéutico que se da al enfermo cada vez. En higiene industrial cantidad de contaminante absorbida por el organismo por unidad de tiempo
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